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Cambian las pensiones de viudedad en España: bastará con acreditar dos años de convivencia si hay hijos en común

Las parejas que tengan hijos en común podrán acceder a la pensión de viudedad acreditando dos años de convivencia, aunque no hayan formalizado legalmente su unión. Es una de las medidas incluidas en el real decreto ley que el Gobierno prevé aprobar este martes, junto con mejoras en las ayudas por impago de pensiones alimenticias y nuevas prestaciones sociales.

Foto por maxim ibragimov / Shutterstock / FOTODOM
Por · Barcelona ·
Cambian las pensiones de viudedad en España: bastará con acreditar dos años de convivencia si hay hijos en común

El acceso a la pensión de viudedad podría cambiar para miles de familias en España. El Gobierno prepara una reforma que permitirá reconocer esta prestación a parejas con hijos en común que no hayan inscrito oficialmente su relación, siempre que puedan demostrar que han convivido durante al menos dos años.

La medida forma parte de un paquete de modificaciones elaborado por el Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, cuya aprobación está prevista en el Consejo de Ministros de este martes.

El decreto también contempla mejoras en la protección de menores, víctimas de violencia machista y familias que cuidan de hijos con enfermedades graves.

¿Quién podrá solicitar la pensión de viudedad con las nuevas condiciones?

Uno de los principales cambios afecta a las parejas que han formado una familia sin contraer matrimonio ni formalizar su unión como pareja de hecho.

Hasta ahora, la falta de acreditación legal de la relación podía impedir el acceso a la pensión de viudedad, incluso cuando existían hijos en común.

Con la reforma propuesta, será suficiente acreditar dos años de convivencia y tener descendencia en común para cumplir este requisito de reconocimiento de la relación.

Esto no significa que la prestación se conceda automáticamente: también deberán cumplirse las demás condiciones exigidas por la Seguridad Social.

Además, el texto prevé una vía para quienes ya solicitaron la pensión y recibieron una respuesta negativa.

Según la información adelantada por El País y confirmada por Europa Press, las solicitudes denegadas podrán revisarse durante los 12 meses siguientes, conforme a las condiciones que establezca la nueva normativa.

Las ayudas por impago de pensiones alimenticias pasarán de 100 a 300 euros

El decreto incluye una mejora del Fondo de Garantía del Pago de Alimentos, destinado a proteger a menores cuyos progenitores incumplen la obligación de abonar la manutención fijada judicialmente.

La cuantía prevista aumentará de 100 a 300 euros por beneficiario.

También se ampliará la duración de la ayuda, que hasta ahora estaba limitada a un máximo de 18 meses, aunque el texto difundido no concreta cuál será el nuevo plazo.

Este mecanismo está dirigido a menores de edad y a hijos mayores con una discapacidad igual o superior al 65%, siempre que se cumplan los requisitos correspondientes.

Nuevas prestaciones para víctimas de violencia machista

Otra parte de la reforma se centra en las consecuencias económicas y sociales de la violencia machista.

La norma ampliará la protección de los menores que hayan quedado huérfanos por esta causa, incluyendo prestaciones tanto contributivas como no contributivas.

También modificará la cobertura económica de las víctimas supervivientes durante los periodos de baja laboral.

Según el texto previsto, la prestación será del 60% de la base reguladora hasta el día 20 de la baja y aumentará al 75% a partir de ese momento.

La empresa asumirá el salario correspondiente al día de la baja, mientras que la Seguridad Social se encargará posteriormente del pago de la prestación.

Pensiones por terrorismo y bajas relacionadas con la menopausia

El paquete de reformas incorpora otras medidas dirigidas a colectivos con necesidades específicas.

En el caso de las pensiones extraordinarias derivadas de actos terroristas, se establecerá una cuantía mínima equivalente a dos salarios mínimos interprofesionales.

Según las cifras recogidas en la propuesta, este umbral se sitúa en 2.442 euros mensuales, lo que supondría una mejora del 36% respecto a la referencia actual.

La reforma también ampliará la protección por incapacidad temporal para mujeres que sufran patologías asociadas a la menopausia.

Más apoyo para familias con hijos gravemente enfermos

Los progenitores que cuidan de menores con cáncer u otras enfermedades graves también se beneficiarán de los cambios previstos.

La nueva regulación permitirá que ambos progenitores puedan recibir la prestación de forma alternativa o simultánea, según las circunstancias.

Además, en determinadas situaciones de especial vulnerabilidad, la ayuda podrá mantenerse más allá de los 26 años de la persona afectada.

Esta ampliación estará vinculada a casos de dependencia de grado III o discapacidad especialmente elevada.

¿Cuándo entrarán en vigor los cambios?

El Gobierno tiene previsto aprobar el real decreto ley en el Consejo de Ministros de este martes, antes de las elecciones anunciadas para el 29 de noviembre.

Una vez aprobado y publicado oficialmente, el decreto deberá someterse a la convalidación de la Diputación Permanente del Congreso en el plazo de un mes, según el procedimiento previsto.

Hasta que se publique el texto definitivo, las nuevas condiciones deben considerarse medidas anunciadas y pendientes de aprobación.

La principal novedad será la flexibilización del acceso a la pensión de viudedad para parejas con hijos en común, una modificación que busca evitar que la falta de formalización legal de la relación deje sin protección a determinadas familias.

Fuente: 3cat.cat.

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Miriam Lado
Miriam Lado
Editora cultural, periodista
Publicado ID50273