¿Te dejaron sin subsidio por cobrar "demasiado"? En 2027 puedes recuperarlo: el SEPE abre la mano
915,75 euros. Esa es hoy la frontera del subsidio por desempleo: quien ingresa un euro más al mes, por un trabajo a media jornada, una pensión pequeña o el alquiler de un garaje, se queda fuera. En 2027, la línea se mueve hasta los 964,50 euros.

Contenido del artículo
El cambio llega por arrastre del salario mínimo. La ley fija el límite de rentas del subsidio en el 75 % del SMI, sin contar la parte proporcional de las dos pagas extra, y el Ministerio de Trabajo ha propuesto subir el SMI de 2027 un 5,3 %, hasta los 1.286 euros brutos en 14 pagas. La cuenta sale sola: 1.286 por 0,75 son 964,50 euros, 48,75 más que ahora.
Los números que cambian
La propuesta de Trabajo va por encima del 4,9 % que recomendaba el comité de expertos y por debajo del 7 % que reclamaban CCOO y UGT. El borrador está abierto a alegaciones hasta el 16 de noviembre, y el Gobierno quiere aprobarlo antes de las elecciones generales del 29.
Te puede interesar: Has cotizado 15 años y te sale una pensión de 500 €: hay una paga que casi la dobla y se pide junto con la jubilación
Con esa cifra, quedarían así los casos frontera:
- Si vives solo y no tienes cargas familiares, cuentan tus rentas propias. Con unos ingresos de 940 euros al mes, en 2026 te quedas fuera; en 2027, entras.
- Si tienes responsabilidades familiares, se suman las rentas de toda la unidad familiar y se dividen entre sus miembros. Un hogar de tres personas con 2.850 euros mensuales sale a 950 por cabeza: fuera este año, dentro el próximo.
- La unidad familiar la forman el solicitante, su cónyuge o pareja de hecho y los hijos menores de 26 años.
En las rentas entra prácticamente todo lo que se cobra: trabajo, alquileres, intereses, actividades económicas, otras prestaciones públicas o privadas, pensiones compensatorias, herencias y ganancias patrimoniales. Y se miran las del mes natural anterior a la solicitud, no las de todo el año.
48,75 euros al mes separan a quien cobra 920 o 950 euros de un subsidio de 570 euros mensuales durante los primeros seis meses, 540 durante los seis siguientes y 480 a partir de ahí.
Para quien se quedó fuera este año por esa diferencia, el cambio de 2027 supone pasar de no cobrar nada a cobrar varios miles de euros al año. Por eso conviene tener claro cuándo y cómo se revisa el requisito.
Cuándo se comprueba el requisito
El momento clave es la fecha de la solicitud. El artículo 275 de la Ley General de la Seguridad Social exige no superar el límite al pedir el subsidio y, de nuevo, en cada prórroga y en cada reanudación. Quien tenga una de esas revisiones ya en 2027 se medirá con la frontera nueva.
Los plazos para pedirlo tampoco son flexibles. Si se solicita en los 15 días hábiles siguientes al hecho causante, el subsidio se cobra desde el día siguiente; si se pide más tarde, pero dentro de los seis meses, se cobra desde el día de la solicitud. Pasados esos seis meses, el SEPE lo deniega, salvo que en ese momento se esté trabajando o de baja.

Hay un detalle que muchos beneficiarios desconocen y que encaja de lleno con el "cobrar demasiado" del titular. Mientras se percibe el complemento de apoyo al empleo, que permite compatibilizar el subsidio con un contrato, el sueldo de ese trabajo no se computa como renta a efectos de prórrogas y reanudaciones. Aceptar un empleo, por tanto, no te expulsa del sistema por la puerta de atrás.
Y si el SEPE te deniega el subsidio por superar el límite por unos pocos euros, revisa con qué SMI se ha hecho el cálculo: las tablas de referencia del organismo tardan a veces en actualizarse. Contra la resolución cabe reclamación previa en un plazo de 30 días desde la notificación, y es el paso obligatorio antes de acudir a los tribunales.
Anteriormente escribimos: Una comunidad española paga una ayuda mensual justo a quienes el Estado negó el IMV, y puede superar el propio IMV