Si Hacienda te reclamó más impuestos por tu casa sin que nadie la visitara, el Supremo acaba de darte la razón
Compras una casa por 120.000 euros. Meses después llega una carta de Hacienda: para la Administración tu casa vale 201.122,88, así que pagaste pocos impuestos, y aquí tienes una liquidación de 7.419,30 euros. ¿Quién decidió que vale eso? Una perito que nunca estuvo allí: valoró el inmueble con la base de datos del Catastro, ortofotografías aéreas y una foto de fachada de Google Maps, y escribió en el informe que la visita resultaba innecesaria.

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Eso es exactamente lo que el Tribunal Supremo acaba de tumbar. En la sentencia 923/2026, de 16 de julio, la Sala de lo Contencioso anula esa comprobación de valores — un caso de Extremadura, por el impuesto de transmisiones — y fija doctrina para todas las que vengan.
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Lo que dice el Supremo, en corto
- La regla general: cuando Hacienda usa el dictamen de un perito para subir el valor de un inmueble, ese perito debe inspeccionarlo personal y directamente, por fuera y por dentro.
- La excepción: prescindir de la visita solo cabe en casos muy concretos, justificados con datos objetivos que consten en el expediente. Y la justificación tiene que ser real: en este caso era un párrafo genérico, casi idéntico al de otro expediente que el Supremo ya había tumbado en 2025.
- Google Maps no es un perito: catastro y fotografías aéreas no bastan para una valoración individualizada — menos aún cuando el contribuyente aportó informes de que el interior estaba mal y necesitaba reforma integral, cosa que ningún satélite ve.
- La carga de la prueba no se invierte: que el contribuyente pueda pedir una tasación pericial contradictoria no exime a Hacienda de motivar bien la suya primero.
Traducción: el valor de una casa depende de cosas que solo se ven entrando en ella — el estado, los materiales, la distribución, si la reforma es de hace dos años o de hace cuarenta. Una valoración hecha desde un despacho con el catastro abierto no es una tasación, es una estimación con membrete.
Por qué esto afecta a tanta gente
La "comprobación de valores" es el mecanismo con el que las haciendas autonómicas revisan compraventas, herencias y donaciones cuando consideran que el valor declarado es demasiado bajo, y durante años se ha alimentado masivamente de valoraciones a distancia: más rápidas, más baratas y más fáciles de producir en serie. Cada una termina en una liquidación complementaria — con sus intereses — en el buzón de alguien que creía tener los impuestos pagados.

El Supremo ya había ido acotando la práctica en sentencias anteriores; esta cierra la puerta que quedaba entornada, la del perito que "justifica" no ir con una plantilla copiada de otro expediente.
Ojo a los plazos si tienes una de estas en el buzón: una liquidación de este tipo se recurre — reposición o reclamación económico-administrativa — en el plazo de un mes desde la notificación, y la falta de visita del perito es ahora un argumento con doctrina del Supremo detrás. Si el plazo pasó y la liquidación es firme, el margen se estrecha mucho; para ese caso, y en general para cualquier cantidad seria, el dinero mejor gastado es una consulta con un asesor fiscal antes de mover nada.
La foto final del asunto merece guardarse: durante años, el Estado ha corregido lo que los ciudadanos declaraban por sus casas usando menos diligencia de la que exige a cualquier tasadora para conceder una hipoteca. El Supremo no ha dicho nada revolucionario — ha dicho que para opinar del interior de una casa hay que haber estado dentro. Que eso haya necesitado llegar a casación lo dice todo sobre cómo se venía haciendo.
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