Sacar al perro a la calle contigo puede ser multa de 500 euros según a qué vayas: la ley lo llama "reclamo"
Pasear al perro no es delito, evidentemente. Lo que la Ley de Bienestar Animal pone negro sobre blanco es otra cosa: usarlo como gancho mientras pides o vendes por la calle.

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El término legal es "reclamo", y está en el artículo 25 de la Ley 7/2023, en vigor desde septiembre de 2023. La norma prohíbe utilizar animales "de forma ambulante como reclamo", y ahí se acaba el margen de interpretación.

Qué prohíbe exactamente el artículo 25
No es un cajón de sastre. La lista es concreta y va dirigida a los animales de compañía y a la fauna silvestre en cautividad:
- Espectáculos y publicidad: usarlos en actividades artísticas, turísticas o publicitarias que les causen angustia o sufrimiento.
- Atracciones mecánicas: nada de animales en atracciones de feria.
- Circo: prohibido el uso de especies de fauna silvestre.
- Peleas: tanto celebrarlas como adiestrar para ellas.
- Reclamo ambulante: utilizarlos como gancho para pedir o vender por la calle.
Ojo a la excepción, que es importante y suele desaparecer de los titulares: la norma deja fuera a las personas sin hogar que van acompañadas de su animal de compañía. Su perro no es un reclamo, es su familia.
Cuánto cuesta
Las sanciones de la ley se reparten en tres escalones, y el de entrada ya escuece:
- Leves: de 500 a 10.000 euros.
- Graves: de 10.001 a 50.000 euros.
- Muy graves: de 50.001 a 200.000 euros.
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La cría comercial sin cumplir los requisitos va directa al tramo muy grave. Y las multas no siempre vienen solas: en infracciones serias puede haber retirada del animal, cierre temporal del negocio o suspensión de licencias y permisos.
Traducción práctica: si tu relación con el perro es la de cualquiera — paseo, parque, terraza —, esto no va contigo. Va del que pone el cachorro delante de un cartón en la puerta del súper.
Dónde está la frontera
La clave de la redacción es el uso instrumental: el animal como herramienta para captar la atención o la lástima de quien pasa. Sacar al perro mientras repartes publicidad no convierte el paseo en infracción; ponerlo a la vista precisamente para que la gente se pare, sí entra en el terreno que la ley describe.
En la práctica, quien decide es el agente que levanta el acta y, después, el expediente administrativo. Por eso la norma habla de angustia y sufrimiento del animal: ese es el criterio que se valora, más que el escenario concreto.
La ley se publicó en el BOE en marzo de 2023 y entró en vigor en septiembre de ese año, así que lleva tres cursos aplicándose. Lo que ha cambiado desde entonces no es el texto, sino el número de ayuntamientos y policías locales que lo usan.
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