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¿Llevas a tu hijo o a tu pareja en el patinete? La nueva normativa lo prohíbe en ciudad y la multa no es pequeña

La escena se ve cada mañana a la puerta de cualquier colegio: el padre de pie en el patinete y el crío delante, agarrado al manillar. O la pareja que vuelve del cine con uno detrás del otro, apurando la batería. Las dos cosas cuestan dinero.

Dos personas en un mismo patinete: una imagen habitual que la DGT multa con 100 euros.
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El patinete eléctrico es, a efectos legales, un vehículo para una sola persona. La DGT lo deja por escrito en su manual de características, donde define estos aparatos sin margen de interpretación:

Un vehículo de movilidad personal es un "vehículo de una o más ruedas dotado de una única plaza y propulsado exclusivamente por motores eléctricos", según el manual de la DGT.

Esa "única plaza" es la base de la sanción. Llevar a una segunda persona se multa con 100 euros, sin excepción por edad del pasajero, y añadir un asiento o un accesorio para el niño no cambia nada. En muchas ciudades, además, la ordenanza municipal fija su propia sanción.

El niño, doblemente fuera

Con el pasajero menor hay un agravante que muchos padres desconocen: desde el 1 de octubre, los menores de 15 años no pueden conducir un patinete eléctrico en ningún punto de España. Si no pueden llevarlo, tampoco pueden ir subidos en él como acompañantes.

El patinete eléctrico es, para la ley, un vehículo de una sola plaza.

Ese cambio llegó con la reforma del Reglamento General de Circulación, que unificó para todo el país normas que hasta ahora dependían de cada ayuntamiento.

Lo que cambió el 1 de octubre

La reforma ha convertido el patinete en uno de los vehículos más regulados de la calle. Estas son las obligaciones que ya se aplican en toda España:

  • Edad mínima de 15 años para conducir un patinete.
  • Casco obligatorio en todos los desplazamientos urbanos. Circular sin él cuesta 200 euros.
  • Chaleco o prenda reflectante de noche y con poca visibilidad, también con multa de 200 euros. Repartidores y riders, a todas horas.
  • Luces encendidas siempre, de día y de noche, con un periodo de adaptación que termina el 1 de octubre de 2027.
  • Carriles bici interurbanos. Fuera de la ciudad, el patinete puede usar vías segregadas del tráfico de motor.

Todo eso se suma al seguro de responsabilidad civil obligatorio y a la inscripción en el registro de la DGT, que llegaron a principios de año. Con la reforma, el patinete ha dejado atrás la etapa de juguete con batería: ahora tiene registro oficial, póliza y su propio régimen de multas.

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Lo que la policía ya multaba

El pasajero comparte lista con otras conductas sancionadas que siguen muy presentes en las calles: circular por la acera, ir con el móvil en la mano o con auriculares y conducir después de haber bebido. Todas ellas se pagan por encima de los 100 euros.

A efectos de tráfico, quien va en patinete es un conductor, con las mismas obligaciones generales que cualquiera que lleve un vehículo por la calzada.

Para quien necesita llevar a un niño pequeño al colegio hay una alternativa legal: la bicicleta. El Reglamento permite que un adulto lleve a un menor de siete años en un asiento adicional homologado. Una silla trasera, o una bici de carga para los más pequeños, resuelve el trayecto sin multa y con el niño sentado, que es como debe ir.

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