Cinco días al año para cuidar a tus padres: el Supremo dice que son muchos más
Hay empresas que llevaban años haciendo una cuenta muy cómoda: cinco días de permiso por familiar enfermo, sí, pero cinco al año y gracias. Tu madre ingresa en marzo y tu padre se opera en octubre, y el segundo susto corría de tu bolsillo. El Tribunal Supremo acaba de romper esa calculadora.

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La Sala de lo Social ha confirmado que el tope anual a este permiso es ilegal: el artículo 37.3.b del Estatuto de los Trabajadores reconoce cinco días laborables por cada hecho causante, sin límite de veces al año. Si el legislador hubiera querido un tope anual, razona el tribunal, lo habría escrito, como hace con otros permisos.
Lo que cubre exactamente
El permiso, retribuido y ampliado a cinco días en la reforma de 2023, se activa por accidente o enfermedad grave, hospitalización o intervención quirúrgica sin ingreso que exija reposo domiciliario. Y la lista de familiares es más larga de lo que la gente cree:
- Cónyuge o pareja de hecho, y también los familiares consanguíneos de la pareja.
- Parientes hasta segundo grado: padres, hijos, abuelos, nietos, hermanos y suegros.
- Cualquier persona que conviva contigo y necesite tu cuidado efectivo, aunque no sea familia.
El requisito de siempre sigue en pie: avisar previamente y justificarlo después con el documento del hospital o del médico. Eso la sentencia no lo toca.
Traducción: el permiso no es una bolsa anual de días, es un derecho que renace con cada emergencia. Dos hospitalizaciones son dos permisos. Para quien tiene padres mayores, esto vale más que muchas mejoras de convenio, y es exactamente el tipo de derecho que ningún departamento de personal te va a recordar por iniciativa propia.
El alta hospitalaria ya no es el final
La misma doctrina desactiva el segundo recorte favorito de las empresas: cortar el permiso el día que el familiar sale del hospital. El Supremo lo deja claro: si tras el alta hay reposo domiciliario prescrito, el permiso continúa, porque su finalidad es el cuidado efectivo, y una persona recién operada no se cuida sola por el hecho de dormir en su cama.

El límite honesto existe y conviene conocerlo para no pasarse de frenada: si el familiar recibe el alta curado, sin reposo ni cuidados pendientes, el permiso se extingue aunque no se hayan agotado los cinco días. El tribunal ya avisó de que no es un bono de días libres, es asistencia a un enfermo.
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A esto se suma lo que el Supremo había ido fijando en sentencias anteriores: los cinco días son laborables, no naturales, y el trabajador puede elegir cuándo arrancarlos y repartirlos mientras dure la necesidad de cuidado, en lugar de empezar obligatoriamente el día del ingreso.
Ojo al apunte de humor negro que circulaba en los foros al conocerse el fallo: la próxima pregunta trampa de las entrevistas de trabajo será cuántos familiares tienes. El chiste señala algo real: el coste de este derecho lo soporta la empresa, y por eso tantas intentaron ponerle techo. Ya no pueden.
La foto final es esta: cada operación, cada ingreso y cada enfermedad grave de cada familiar de la lista abre su propio permiso de cinco días laborables, que puede estirarse al reposo en casa. Guarda los justificantes, avisa por escrito y, si la empresa saca la vieja calculadora del tope anual, ahora tienes una sentencia del Supremo que enseñarle.
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