Editorial

Barcelona · Actualidad local

Cambio importante en las pensiones desde 2027: jubilarse a los 65 deja de ser para todos

Durante décadas, «jubilarse a los 65» fue sinónimo de jubilarse, sin más. A partir de 2027, esa frase pasa a tener letra pequeña, y conviene leerla antes de hacer planes.

En 2027 termina el calendario que empezó en 2013.
Legion-Media

Contenido del artículo

Ese año se cierra el calendario progresivo que arrancó con la reforma de 2013, y la regla queda fijada de forma definitiva: los 65 años solo valdrán como edad ordinaria para quien acredite al menos 38 años y 6 meses cotizados. Por debajo de ese umbral, la edad ordinaria se va a los 67.

Te puede interesar: La Seguridad Social da una pensión de por vida a los hijos de más de 45 que cuidaron de sus padres: mira si te toca

La edad es una cosa; cobrar el 100 %, otra

Aquí está la confusión que más disgustos da en las oficinas de la Seguridad Social: cumplir la edad no garantiza la pensión completa. Francisco Puértolas, director del Máster de Dirección Financiera en EAE Business School Madrid, lo separa con precisión: son "cuándo puedes jubilarte a la edad ordinaria y cuánto se cobrará en porcentaje".

Unos meses de cotización pueden mover la jubilación dos años.

En 2027 convivirán tres escenarios distintos:

  • 38 años y 6 meses o más cotizados: jubilación a los 65 con el 100 % de la base reguladora.
  • Entre 37 y 38 años y medio: la edad ordinaria se va a los 67, aunque se mantiene el derecho al 100 %.
  • Menos de 37 años cotizados: jubilación a los 67 y un porcentaje inferior al 100 %.

La diferencia entre el primer grupo y el segundo puede ser cuestión de tres meses de cotización. Y tres meses, en este cruce de umbrales, equivalen a dos años más de trabajo.

Traducción: antes de decidir nada, el trámite que importa no es mirar el DNI, es pedir el informe de vida laboral y contar años y meses exactos. Estudios largos, paro, temporalidad o etapas de autónomo abren lagunas que uno no recuerda hasta que las ve impresas.

El cálculo también cambia: fuera los 4 peores meses

La otra novedad afecta a cuánto se cobra. Desde 2026 conviven dos fórmulas para calcular la base reguladora, y la Seguridad Social aplica automáticamente la que más favorezca al trabajador.

  1. La fórmula clásica: sumar las últimas 300 bases de cotización — 25 años — y dividir entre 350.
  2. La nueva, operativa en 2027: elegir las 304 mejores bases de los últimos 308 meses, descartando las cuatro peores, y dividir entre 354,67.

La segunda fórmula está pensada para quien sufrió un bache al final de su carrera: un ERE, un ERTE, unos meses de paro. Lo que no arregla, advierte Puértolas, es una caída larga de sueldo — perder el empleo a los 50 y recolocarse cobrando bastante menos son años de bases bajas, no cuatro meses malos.

Ojo a quien está justo en la frontera: el experto pone el ejemplo de alguien nacido en 1962 con 38 años y 3 meses cotizados. En 2026 aún puede jubilarse a los 65; si espera a 2027 sin llegar a los 38,5 años, se va a los 67. Para esos casos límite, la jubilación anticipada en 2026, con su penalización de en torno al 5 %, puede salir mejor que tres años sin ingresos. Son cuentas finas que merecen una consulta profesional.

Y un pellizco más en la nómina

El paquete de 2027 incluye la subida del Mecanismo de Equidad Intergeneracional del 0,9 % al 1 % de la cotización. Antes de alarmarse: del total, al trabajador le corresponde el 0,17 %, que en un sueldo de 30.000 euros brutos se traduce en unos 50 céntimos al mes. El grueso lo asume la empresa.

El resumen honesto del cambio completo: no hay recorte dramático ni jubilación imposible, hay un sistema más exigente con los años cotizados y más fino en el cálculo. Los perjudicados no serán "todos", serán los que no echaron cuentas a tiempo. Echarlas cuesta una tarde; no echarlas puede costar dos años.

Anteriormente escribimos: ¿Tu alquiler acaba en diciembre? Esto es lo que te cambia el nuevo decreto: qué puede hacer el casero y qué no