Confirma tu correo electrónico para activar tu cuenta.

Catalunya dice no a una de las nuevas reglas para motos: circular por el arcén seguirá costando multa

Las nuevas normas de circulación para motoristas entran en vigor este 1 de octubre, pero hay una diferencia importante en Catalunya: las motos no podrán aprovechar el arcén durante los atascos. El Servei Català de Trànsit mantiene la prohibición y podrá sancionar a quienes lo utilicen.

Foto por Astrid Gast / Shutterstock / FOTODOM
Por · Barcelona ·
Catalunya dice no a una de las nuevas reglas para motos: circular por el arcén seguirá costando multa

Desde hoy cambian varias cosas para quienes se mueven en moto: aparecen nuevas obligaciones sobre guantes, calzado y elementos reflectantes y también se modifican algunas reglas en carretera.

Pero en Catalunya hay una excepción especialmente importante. Circular por el arcén durante una retención seguirá estando prohibido, pese a que el nuevo Reglamento General de Circulación abre esa posibilidad bajo determinadas condiciones.

En Catalunya, el arcén seguirá siendo territorio prohibido

La nueva normativa estatal permite que las motocicletas circulen por el arcén derecho cuando haya congestión, pero no de cualquier manera: el tramo debe estar expresamente habilitado y señalizado, las motos tienen que avanzar en columna y no pueden superar los 30 km/h.

En Catalunya esa posibilidad no se aplicará. Al tener transferidas las competencias de tráfico, el Servei Català de Trànsit (SCT) ha decidido mantener su propio criterio y sancionará a los motoristas que utilicen el arcén.

Su director, Ramon Lamiel, defiende que este espacio debe permanecer libre para vehículos de emergencia, servicios de mantenimiento y vehículos que sufran una avería. También considera que permitir la circulación habitual de motos podría generar más desorden durante las retenciones.

Por tanto, para un motorista que circule por Catalunya, la regla práctica es sencilla: aunque haya atasco, no debe utilizar el arcén salvo que los Mossos d'Esquadra desvíen expresamente el tráfico por él.

Guantes en carretera, también para el pasajero

El resto de novedades afecta directamente al equipamiento.

Desde este 1 de octubre, conductor y pasajero deberán llevar guantes de protección cuando circulen por vías interurbanas.

Todavía queda por determinar mediante una orden cuáles serán exactamente las especificaciones técnicas exigidas para esos guantes. Hasta entonces podrán utilizarse los modelos de protección habituales entre los motoristas.

Y hay un detalle importante: la obligación no termina en el manillar. El acompañante también tiene que llevarlos.

Adiós a conducir en chanclas

Otra novedad se notará especialmente durante los meses de calor.

Tanto el conductor como el pasajero deberán utilizar calzado cerrado que cubra completamente el pie, y esta obligación se aplica tanto en carretera como dentro de la ciudad.

No será obligatorio llevar botas específicas de moto. Unas zapatillas cerradas cumplen con la exigencia reglamentaria.

Lo que queda fuera son chanclas, sandalias, abarcas y otros tipos de calzado abierto.

El chaleco reflectante tendrá que viajar en la moto

Los motoristas particulares no tendrán que circular permanentemente vestidos con un chaleco reflectante.

Sí deberán utilizarlo cuando abandonen la motocicleta y ocupen la calzada o el arcén de una vía interurbana, por ejemplo, en caso de avería o accidente. En la práctica, eso significa que conviene llevarlo accesible en la moto.

La situación es diferente para quienes trabajan profesionalmente sobre una motocicleta o ciclomotor: deberán utilizar elementos reflectantes mientras desarrollen su actividad.

También cambia cómo se adelanta a los ciclistas

La reforma incorpora nuevas reglas al adelantar a usuarios vulnerables.

Al superar a ciclistas, ciclomotores, peatones, vehículos de movilidad personal o animales habrá que mantener al menos 1,5 metros de separación lateral. Si existen varios carriles en el mismo sentido, será obligatorio cambiar completamente de carril.

Además, durante el adelantamiento habrá que circular al menos 20 km/h por debajo del límite máximo de la vía.

En una carretera limitada a 90 km/h, por ejemplo, un ciclista deberá ser adelantado como máximo a 70 km/h.

¿Hay que comprar un casco nuevo hoy?

No necesariamente.

La nueva regulación establece el uso de cascos homologados conforme a la normativa UNECE R22, pero la entrada en vigor de los cambios no convierte automáticamente en ilegales todos los cascos ECE 22.05.

Tampoco desaparecen los intercomunicadores homologados. Podrán seguir utilizándose para comunicación o navegación cuando estén correctamente instalados y no interfieran con la seguridad.

Así que, entre todas las novedades que llegan este 1 de octubre, los motoristas catalanes tienen una especialmente fácil de recordar: el atasco no convierte el arcén en un carril para motos en Catalunya.

Si has encontrado una errata o un error, selecciona el fragmento de texto que lo contiene y presiona Ctrl+↵


Miriam Lado
Miriam Lado
Editora cultural, periodista
Publicado ID50069