Editorial

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Si tu perro está malo y no lo llevas al veterinario, la ley te puede multar: hasta 10.000 euros si el animal empeora

Hay una frase que muchos dueños de perro dicen sin pensar: «a ver si se le pasa». A partir de ahora, esa frase tiene precio.

Tu perro tiene abogado y se llama Ley 7/2023.
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El artículo que lo cambia todo (y que casi nadie ha leído)

La Ley 7/2023 de protección de los derechos y el bienestar de los animales lleva tiempo en vigor, pero hay un párrafo que ha pasado desapercibido entre tanto titular sobre microchips y seguros. Es el artículo 24, el que enumera lo que estás obligado a hacer si convives con un animal. Y una de esas obligaciones es recurrir a un profesional veterinario «siempre que la situación del animal lo requiera».

Fíjate en el verbo: requiera. No dice «cuando te venga bien», ni «cuando cobres», ni «cuando el vómito sea del color equivocado». Si el animal lo necesita, vas. Punto.

La ley reconoce a perros y gatos como seres sintientes. Y a los seres sintientes no se les aplica la técnica del «ya veremos».

El mismo artículo añade otra capa: hay que garantizar los cuidados necesarios para la salud del animal y facilitarle un reconocimiento veterinario con la periodicidad que se fije reglamentariamente, y que además debe quedar documentado. Vamos, que el «yo lo veo bien» ya no cuenta como historial clínico.

Cuánto cuesta hacerse el sueco

Aquí está el detalle que duele. El régimen sancionador de la ley funciona por escalones:

  • Infracción leve (incumplir las obligaciones de tenencia sin que el animal sufra daño): apercibimiento o multa de 500 a 10.000 euros
  • Infracción grave (cuando el incumplimiento provoca daño, sufrimiento o lesiones): de 10.001 a 50.000 euros
  • Infracción muy grave (secuelas permanentes, muerte, o reincidencia): de 50.001 a 200.000 euros

O sea: no llevar a tu perro al veterinario cuando lo necesita es, de entrada, leve. Pero si el animal empeora porque no lo llevaste, la cosa escala sola. Y la cifra de los 10.000 euros deja de ser el techo para convertirse en el suelo.

Un catarro ignorado sale gratis. Un catarro ignorado que acaba en neumonía puede salir por cinco cifras.

Quien redactó el texto pensó en escenarios concretos: el perro que cojea desde hace semanas, el gato que lleva tres días sin comer, la herida que «ya cicatrizará». Todo eso, ahora, tiene un nombre jurídico.

Retrasar la visita al veterinario ya no es solo mala idea: es sancionable.

Lo que sí puedes seguir haciendo

Tranquilidad: nadie va a multarte por no correr al veterinario cada vez que el perro estornuda. La ley no exige paranoia, exige diligencia. Un veterinario, además, es exactamente la persona que puede decirte si aquello era un estornudo o algo más. El criterio de urgencia lo pone el estado del animal, no tu agenda.

Por si acaso, conviene tener a mano:

  • El número de tu clínica y el de un servicio de urgencias 24 h
  • La cartilla al día (vacunas, desparasitaciones, revisiones)
  • Cualquier informe o factura veterinaria: es tu prueba de que cumpliste

Y sí, ya se aplican sanciones por incumplimientos administrativos que hace unos años pasaban desapercibidos. La época del «es mi perro y hago lo que quiero» se ha acabado. Tu perro ahora tiene derechos, y una ley que los cobra.