Hasta 147 euros más al mes en tu pensión sin trabajar un día más: el extra que igual te corresponde y no estás cobrando
Hay pensionistas cobrando cada mes menos de lo que les corresponde por una razón tonta: nadie les contó que este complemento existe. Y no es calderilla.

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Se llama complemento para la reducción de la brecha de género, está regulado en el artículo 60 de la Ley General de la Seguridad Social y suma una cantidad fija por cada hijo, hasta un máximo de cuatro. En 2026 son 36,90 euros al mes por hijo: 73,80 con dos, 110,70 con tres y 147,60 con cuatro o más. En 14 pagas, como la propia pensión.
Quién puede cobrarlo
El complemento acompaña a las pensiones contributivas de jubilación, viudedad e incapacidad permanente. Queda fuera la jubilación parcial, y basta un hijo para generar el derecho.

Nació para compensar el peaje que la crianza deja en las carreras de cotización, que históricamente han pagado las madres. Por eso a las mujeres se les reconoce de forma casi automática al solicitar la pensión.
Traducción: no es una ayuda por tener hijos, es una compensación por lo que criar hijos le hizo a tu cotización. De ahí que el requisito no sea el hijo, sino la pensión contributiva a la que el hijo le pasó factura.
El "aunque seas hombre" que cambió las reglas
Aquí está la parte que más dinero ha movido en los juzgados. El complemento original de 2016 se llamaba "de maternidad" y excluía a los padres, hasta que la justicia europea dictaminó en 2019 que eso era discriminación directa. La norma se rehízo en 2021 con el nombre actual, y los hombres entraron, aunque con condiciones.
- Un padre pensionista puede cobrarlo si su carrera de cotización se resintió tras el nacimiento o adopción, en los términos que fija el artículo 60.
- Solo lo cobra un progenitor. Si los dos lo piden y ambos cumplen requisitos, se lo queda quien tenga la pensión más baja.
- Los padres ya son más de 280.000, en torno al 21 % de los beneficiarios. El resto, casi 1,05 millones, son mujeres.
- Quien recibió un "no" en el pasado puede volver a intentarlo: primero solicitud al INSS, después reclamación administrativa previa y, si hace falta, los tribunales de lo social, donde los padres llevan años ganando.
Ojo al detalle que más reclamaciones genera: el complemento no siempre llega solo. Si ya cobras tu pensión y en la resolución no aparece, hay que pedirlo expresamente al INSS, con el Libro de Familia como prueba. Nadie va a llamarte a casa para ofrecértelo.
Cómo comprobar si ya lo cobras
Un minuto y sin moverse del sofá: en la resolución de la pensión o en el detalle mensual que aparece en el portal Tu Seguridad Social, el complemento figura como concepto separado de la pensión base. Si tienes hijos, pensión contributiva y esa línea no está, hay motivo para preguntar.
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La gestión es gratuita y se hace en el propio INSS, por internet con certificado digital o Cl@ve, o con cita presencial. Desconfía de quien ofrezca "tramitarlo" cobrando comisión: no hay nada que tramitar que no pueda hacer el propio pensionista con su Libro de Familia. Para los casos enredados — denegaciones antiguas, pensiones reconocidas entre 2016 y 2021, parejas donde ambos reclaman — sí compensa pasar por un abogado laboralista, porque ahí es donde se juega la retroactividad y las cantidades gordas.
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